Acceso al Mercado
Aranceles y otros
En el siguiente apartado se analizará el régimen de importación, los aranceles, los requisitos del comprador y las barreras, estándares y normas. Para la elaboración de este apartado se tomaron datos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), que es la entidad en Colombia encargada de regular los flujos comerciales de este país. A continuación se encuentra el link de la página web de la DIAN: www.dian.gov.co Se recomienda la visita de esta página web antes de iniciar cualquier actividad de comercialización hacia Colombia.
Aranceles y otros
Régimen de Importación | |
Nivel Nomenclatura | Código |
Arancel Integrado Andino (ARIAN) | 0806.10.00.00 |
Gravamen | 15% |
IVA | 0% |
Gravamen por Acuerdos internacionales | 0% , por el Acuerdo de Cartagena |
Régimen de comercio | Libre importación |
Índice Alfabético | Uvas frescas |
Documentos Soporte | Documento de Requisitos Fitosanitarios de Importación - Instituto Colombiano Agropecuario- Obligatorio |
Visto Bueno - Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos-Obligatorio (INVIMA) | |
Descripción de Mercancía | Nombre |
Fuente: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN
Normas de origen y pruebas de origen
Para que las uvas frescas califiquen como originarias dentro del territorio de Perú o Colombia y de ese modo puedan beneficiarse de las preferencias arancelarias que otorga la Comunidad Andina, se deberá cumplir con ciertos requisitos de origen.
Las uvas frescas al ser exportadas sin añadírseles algún material o insumo procedente de terceros países, no pasan por un proceso de fabricación o transformación por el cual se le ha añadido valor. Según el art. 1 de la Decisión 416 de la Comunidad Andina II, estos productos calificarán como originarios bajo el criterio de “íntegramente producido”, si fueron extraídos, cosechados.
Para mayor información en relación a normas de origen en la Comunidad Andina, visitar la dirección web:

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